¿Bajo qué causas pueden revocar tu permiso de aeródromo o helipuerto?

Operar y administrar un aeródromo o helipuerto no es un trabajo sencillo. Los permisionarios tienen que cumplir con varias Leyes, Reglamentos de Leyes, Normas Oficiales Mexicanas, Circulares Obligatorias y más. Todas con grados altamente técnicos y con muy poco margen de error. No cumplir con la normatividad aplicable puede resultar en la revocación de tu permiso de aeródromo o helipuerto.

A continuación, te detallamos las 6 condiciones bajo las cuales se te puede revocar tu permiso y de qué se tratan.

  1. No iniciar la administración, operación, explotación o en su caso la construcción del aeródromo en los plazos establecidos.
  2. No mantener vigentes los seguros a que se refiere esta Ley: En la Ley de Aeropuertos, los permisionarios de aeródromos y prestadores de servicios son responsables por los daños ocasionados, y deben contar con un seguro que cubra las indemnizaciones correspondientes. Estos seguros deben estar vigentes por la duración del permiso.
  3. Ceder, gravar, transferir o enajenar las concesiones o los permisos en contravención a lo dispuesto en la Ley: Los títulos de concesión y permisos son intransferibles, ya que en cada uno se analiza no solamente el proyecto, sino también la entidad o persona que lo operará y administrará.
  4. Alterar la condición o naturaleza de los aeródromos establecidas en el título del permiso sin autorización de la Secretaría. Por ejemplo, si un aeródromo o helipuerto tiene permiso solo para operar de día, y comienza a autorizar operaciones nocturnas, aún si tiene el equipo necesario.
  5. Consentir el uso del aeródromo a cualquier aeronave que no cumpla con los requisitos de la Ley de Aviación Civil o no haya sido autorizada por quien controla la navegación aérea: Cada aeródromo y helipuerto tiene la obligación de solicitar a los operadores que usen la infraestructura datos clave que hemos escrito en otro artículo. Estos datos son requisitos para la operación de una aeronave, por lo que todos deben contar con ella.  
  6. Tener conocimiento que se ha incurrido en los supuestos del artículo 22 de la Ley y no haber tomado las medidas previstas en el mismo o incurrir en los citados supuestos en el caso de persona física: El artículo 22 establece que ninguna persona física inhabilitada para ejercer comercio, o que haya sido condenado por un delito doloso, patrimonial, contra la propiedad o contra la salud no puede ser titular del permiso. En el caso de personas morales, no puede ser director general, socio o miembro del órgano administrativo del permisionario.

Si bien existen en la Ley más causas de revocación de permiso de aeródromos y helipuertos, hacemos énfasis en estas 6 porque son las que representan revocación inmediata. Todas estas causas tienen siempre en la mira la seguridad de la aviación civil.

La operación y administración de aeródromos y helipuertos requiere constante atención y supervisión para que no solamente se evite una revocación, sino que activamente mantengan un nivel adecuado de seguridad para todas las partes interesadas. Por eso recomendamos que te asesores constantemente con empresas y consultores expertos que le puedan dar atención prioritaria a tu aeródromo o helipuerto.

Si quieres saber más sobre cómo administrar y operar tu aeródromo o helipuerto escríbenos a hroman@qslean.com para una asesoría sin costo.

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